MANUAL FORMATIVO. RETIRADA DE ENJAMBRES EN LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO

MANUAL FORMATIVO. RETIRADA DE ENJAMBRES EN LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO 92 8.2.4. Problemática sobre utilización de EPI adecuado Según el estudio realizado por el autor, no existe actualmente en el mercado EPI con certificación CE que proteja simultáneamente al interviniente del riesgo biológico y del riesgo químico, es decir no existe EPI único, conforme a las normas EN 340, EN 13982-1 o EN 13034 y EN 14126, adecuado para proteger conjuntamente al trabajador de los riesgos de sufrir picaduras de himenópteros y de exponerse a sustancias plaguicidas. Por ello es necesario recurrir a la utilización simultánea de varios EPI, que de manera individual si están certificados para proteger adecuadamente dichos riesgos, a saber: • Buzo con careta integrada con velo de rejilla y de tejido resistente a la penetración del aguijón de los himenópteros. • Ropa de protección contra productos químicos. Sin embargo, en aplicación de la normativa72 al respecto de las condiciones que deben reunir los EPI, la utilización de estos equipos no deben suponer por sí mismos u ocasionar riesgos adicionales ni molestias innecesarias y dado que su utilización simultánea puede ocasionar en ciertas situaciones merma y molestias en la movilidad corporal y estrés térmico, al no ser prendas que faciliten la transpiración, se analizará en cada caso la conveniencia de su utilización en conjunto de manera que se garantice su eficacia y ello no suponga un factor de riesgo añadido. 8.3. ADOPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO ADECUADOS 8.3.1. Retirada del enjambre En la retirada de enjambres se distinguen tres subtareas principales, la preparación de la intervención, la captura y/o fumigación y la recogida. A fin de prevenir los riesgos inherentes a esta tarea se deben seguir las siguientes normas generales. Preparación de la intervención Previa a la salida se debe recopilar la mayor cantidad de información posible sobre: 72. Art. 5.1, Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

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