MANUAL FORMATIVO. RETIRADA DE ENJAMBRES EN LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO

MANUAL FORMATIVO. RETIRADA DE ENJAMBRES EN LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO 56 7. EL RIESGO QUÍMICO: LA APLICACIÓN DE INSECTICIDAS 7.1. Aspectos previos En las operaciones con enjambres de himenópteros se dan ocasiones en las cuales no es posible la retirada, traslado y cesión de la colmena a un apicultor para un posterior aprovechamiento apícola de la misma. Factores tales como la ubicación, la dificultad de extracción, la altura de trabajo, la necesidad de realizar desperfectos en inmuebles o la agresividad de la colmena complican su retirada. En estos casos, se debe proceder a la destrucción de la colmena mediante la aplicación de sustancias tóxicas que producen la muerte de los himenópteros. Dichas sustancias tóxicas se engloban en el grupo de los plaguicidas, que se definen como cualquier sustancia o mezcla de sustancia de origen natural o sintético, destinados a prevenir, controlar o destruir cualquier plaga, cuya fabricación, comercialización y utilización está regulada por normativa específica27. Dentro de los plaguicidas se encuentran los insecticidas que son sustancias destinadas específicamente a la prevención, control o eliminación de insectos. Generalmente un plaguicida lo componen un conjunto de sustancias químicas con diferentes funciones, a saber: • Agentes activos: sustancias tóxicas que ejercen la acción plaguicida. • Coadyuvantes: sustancias, tales como detergentes o adhesivos, que ayudan al agente activo a ejercer su acción. • Productos inertes: sustancias, tales como disolventes o diluyentes, que mejoran la dosificación o aplicación del plaguicida. • Aditivos: sustancias, tales como colorantes o repelentes, que se incorporan al producto para que éste cumpla condiciones de seguridad. 27. Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, Real decreto 162/1991, de 8 de febrero por el que se modifica la reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de los plaguicidas, Real Decreto 443/1994, de 11 de marzo, por el que se modifica la Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de los plaguicidas y Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.

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