Manual del Recurso Preventivo y otras vigilancias de trabajos

53 9. Responsabilidades C) No contemplar los riesgos que pueden verse agravados o modificados o los trabajos que motivan la presencia en la evaluación de riesgos o en el plan de seguridad y salud, se tipifican como infracción grave según artículos 12.1 b) y 12.23 a) del TRLISOS. D) Incumplir la obligación de recoger en la Planificación de la Actividad Preventiva, la forma de llevar a cabo la presencia de Recursos Preventivos, se tipifica como infracción grave (artículo 12.6 del TRLISOS). En las obras de construcción, cuando tal circunstancia no estuviera prevista en el plan de seguridad y salud como prevé la DA única del RD 1627/1997, estaremos ante la infracción prevista en el artículo 12.23 a) del TRLISOS. E) El incumplimiento de las obligaciones en materia de información sobre quién es el Recurso Preventivo, se tipifica como infracción grave, en el artículo 12.8 del TRLISOS, salvo que constituya una infracción muy grave conforme a lo indicado en el artículo 13 de dicha ley. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden (penal, civil o social) que pudieran derivarse para el empresario. Las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento sancionador serán compatibles con las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados y de recargo de prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social que puedan ser fijadas por el órgano competente de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de dicho sistema.

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