45 7. Funciones, facultades y garantías del Recurso Preventivo La Ley 54/2003 busca mejorar la prevención y, para ello, junto a otras novedades que no vienen al caso, introduce en su artículo 32 bis un deber empresarial de presencia de recursos humanos preventivos en determinados centros de trabajo, que también alcanza a las obras de construcción (según la nueva disposición adicional decimocuarta de la LPRL, fruto del artículo 7 de aquélla). Obligación que, según el artículo 32 bis.2 LPRL ,ha de atender con trabajadores suyos, integrantes de los recursos preventivos ordinarios (sean trabajadores designados o integrantes del servicio de prevención propio), o con personas del servicio de prevención ajeno concertado (si fuese éste el modo en que cubre su actividad preventiva), aunque también le permite atenderlo con trabajadores suyos asignados expresamente, que no integren esos recursos preventivos ordinarios y siempre que reúnan determinados requisitos que ahora no son del caso precisar (apartado 4 de ese precepto). Cierto es que la Ley 54/2003 no modifica de manera expresa la relación de beneficiarios de las garantías del artículo 30.4 LPRL, pero tampoco les excluye expresamente de ella, debiendo entenderse que les ampara dado que: a) desde la pura literalidad de esta norma, integran el supuesto de ser «trabajadores designados» por el empresario para el cumplimiento de la actividad preventiva (no otra cosa supone, en el caso de autos, el nombramiento del demandante como vigilante de prevención), lo que precisamente puede explicar la ausencia de referencia expresa, en la nueva Ley, a que también disfrutan de ellas; b) se da en ellos la misma razón de ser que determina el disfrute de unas garantías que, en el texto original de la LPRL, se otorga a todos los trabajadores del empresario dedicados a la actividad preventiva; c) se trata de la única interpretación compatible con la garantía exigida por el artículo 7.2 de la referida Directiva comunitaria… 7.6. Dónde debe situarse el Recurso Preventivo para realizar su labor Según se establece en el apartado 3 del artículo 22 bis del RSP el recurso preventivo: — Debe permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia. — La ubicación en el centro de trabajo de las personas a las que se asigne la presencia deberá: • Permitirles el cumplimiento de sus funciones propias, • Tratarse de un emplazamiento seguro que no suponga un factor adicional de riesgo, ni para tales personas ni para los trabajadores de la empresa.
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