Manual del Recurso Preventivo y otras vigilancias de trabajos

43 7. Funciones, facultades y garantías del Recurso Preventivo 7.4. Paralización del trabajo por parte del Recurso Preventivo La norma no atribuye al recurso preventivo de forma específica la facultad de paralización de los trabajos, ello sin perjuicio de que el empresario, en uso de su poder de dirección, le pueda otorgar de forma específica dicha facultad. 7.5. Garantías del recurso preventivo En cuanto a las garantías de los recursos preventivos, cuando sean trabajadores designados de la empresa o miembros del servicio de prevención propio, el artículo 30.4 de la Ley 31/1995 de LPRL, se remite a las garantías contempladas para los representantes de los trabajadores en las letras a), b) y c) del artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores: a) Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltas graves o muy graves, en el que serán oídos, aparte del interesado, el comité de empresa o restantes delegados de personal. b) Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas. c) No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en caso de que esta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación, sin perjuicio, por tanto, de lo establecido en el artículo 54. Asimismo, no podrá ser discriminado en su promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su representación. y al apartado 4 del artículo 56 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores: 4. Si el despedido fuera un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción corresponderá siempre a este. De no efectuar la opción, se entenderá que lo hace por la readmisión. Cuando la opción, expresa o presunta, sea en favor de la readmisión, esta será obligada. Tanto si opta por la indemnización como si lo hace por la readmisión, tendrá derecho a los salarios de tramitación a los que se refiere el apartado 2. En consecuencia, se aplican las mismas garantías a las personas nombradas como recurso preventivo que sean trabajadores designados o que forman

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