Estrategia Cántabra de Salud e Higiene en el Trabajo 2017-2021

25 Los riesgos que afectan a grupos de edad determinados y a los trabajadores con discapacidad merecen especial atención y requieren medidas específicas. En esta línea, se buscarán vías para fomentar la prevención de enfermedades profesionales y enfermedades relacionadas con el trabajo de estas categorías de trabajadores, se ofrecerán ejemplos de buenas prácticas y se facilitará el intercambio de información sobre el modo de mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, por ejemplo, para trabajadores de más edad, trabajadores jóvenes sin experiencia, temporales y trabajadores con discapacidad. Se promocionarán y difundirán las intervenciones cuya efectividad haya sido demostrada por evidencia científica. Se difundirán herramientas que ayuden a las empresas a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores con independencia de sus capacidades, teniendo en cuenta supuestos como: discapacidad física, discapacidad sensorial, discapacidad psíquica-intelectual, menores de edad, cambios en el estado de salud, personas de edad avanzada y características antropométricas. Se fomentará también el intercambio y difusión de buenas prácticas como medio para transferir el conocimiento y ayudar a resolver problemas concretos. g. Promover la utilización de instrumentos que faciliten la coordinación de actividades empresariales en PYMES, autónomos y emprendedores. En esta línea se incluye la colaboración del ICASST en el desarrollo de la herramienta "Prevención10.es" a través de los grupos creados al efecto, la difusión de la herramienta en empresas cántabras de hasta 10 trabajadores interesadas en asumir la gestión de la prevención con medios propios y ofrecer ayuda técnica para la utilización de la herramienta. La difusión intensiva de la herramienta se realizará una vez subsanadas algunas incertidumbres relacionadas con la formación y el alcance de las funciones de nivel básico recogidas en el artículo 35 del Reglamento de los Servicios de Prevención. El ICASST desarrollará programas de identificación y seguimiento de los sectores económicos en los que se recurra habitualmente a la contratación y subcontratación de obras y servicios para la realización de programas de seguimiento y asesoramiento sobre el cumplimiento eficaz del RD. 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el art. 24 de la ley 31/1995 en materia de Coordinación de Actividades Empresariales.

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