ACCIDENTES DE TRABAJO – TRÁFICO 2022 Página 5 de 24 5 VARIABLES DE CLASIFICACIÓN Por lo que se refiere a las principales variables de clasificación incluidas en el presente informe, se hace referencia a las de mayor importancia: Clasificación de actividades: La clasificación de actividades se corresponde con lo establecido en el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009). Índices de incidencia: Accidentes de trabajo ocurridos por cada 100.000 trabajadores afiliados a la Seguridad Social con las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales cubiertas. Los datos de población afiliada provienen de la información facilitada de forma mensual por la Subdirección General de Estadística y Análisis Sociolaboral del Ministerio de Trabajo y Economía Social y por el Instituto Cántabro de Estadística (ICANE). Desde el 1 de enero de 2019, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, la cobertura por contingencias profesionales es obligatoria en el RETA con carácter general. Esta incorporación del colectivo del RETA hace que las cifras no sean directamente comparables con las de periodos anteriores. Tasas de incidencia: Accidentes de trabajo ocurridos por cada 100.000 trabajadores según la Encuesta de Población Activa (EPA). La EPA recoge la población ocupada, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, y según su propia metodología, se define como la formada por todas aquellas personas de 16 o más años que durante la semana de referencia han tenido un trabajo por cuenta ajena o ejercido una actividad por cuenta propia. Se calculan tasas de incidencia para aquellas variables para las que no se encuentra disponible la información de trabajadores afiliados a la Seguridad Social con las contingencias profesionales cubiertas, esto es: Según Código Nacional de Ocupación. Código Nacional de Ocupación (CNO): El 1 de enero de 2011 entró en vigor la nueva Clasificación Nacional de Ocupaciones, CNO-11, según lo dispuesto en el Real Decreto 1591/2010, de 26 de noviembre. Las referencias que se hacen en este informe a la CNO se refieren a esta clasificación. Variable de sexo: En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 20 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se ha incluido la variable de sexo en la elaboración de este documento, de modo que se pueda conocer las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres en lo relativo a los accidentes de trabajo.
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