SEGUNDO CONCURSO "P´EPIS: TU MIRADA CUENTA"

74 75 1. De los gerentes de las instituciones sanitarias que deben facilitar los medios necesarios, como la provisión de guantes desechables a los profesionales sanitarios (médicos ,enfermeras y auxiliares de enfermería). 2. De los profesionales sanitarios que no deben descuidar las medidas de seguridad siguiendo los protocolos establecidos, ya que el contacto directo con fluidos biológicos puede constituir un mecanismo de transmisión de enfermedades infecciosas. 3. De los propios pacientes que deben advertir a los profesionales que les atienden de sus propias dolencias y afecciones. Utilizando los guantes, evitaremos la transmisión de las infecciones hospitalarias. Bibliografía y fuentes de información • NORMA UNE-EN 455:2001. Guantes médicos de un sólo uso. Estándares de calidad armonizados en el marco de la Comunidad Europea para guantes sanitarios. • NORMA UNE-EN 374 1-2-3: 2004/AC: 2006. Guantes de protección contra los productos químicos y los microorganismos. • NORMA UNE-EN 420:1995. Requisitos generales para los guantes. • REAL DECRETO 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual en los países de la Unión Europea. • REAL DECRETO 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativos a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. BOE Nº 140 de 12 de junio de 1997. • REAL DECRETO 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. BOE de 24 de mayo de 1997.

RkJQdWJsaXNoZXIy MTk5MjQxMA==