GUÍA DE VIGILANCIA DE LA SALUD EN EL SECTOR PESQUERO

GUIA DE VIGILANCIA DE LA SALUD SECTOR PESQUERO 41 En la elaboración de esta parte del trabajo se ha tratado de homogeneizar en la medida de lo posible las fases, tareas y subtareas de cada arte buscando la identificación de bloques similares que permitan un tratamiento más fácil de la información generada. Con esta estrategia se logra hacer un seguimiento global de todo el trabajo que se realiza en la pesca, sin dejar de lado ninguno de los movimientos previos al embarque, del trabajo a bordo y al desembarcar, que realizan los pescadores. Es una forma de trabajo que conlleva un esfuerzo de detalle que permite al usuario de esta Guía tener una idea fiel de la realidad. TRABAJADORES El trabajo lo realizan las personas, y las tareas y subtareas de cada fase del trabajo las llevan a cabo los trabajadores en función de su especialización profesional. De todos modos, es bien sabido que muchos de los trabajos los realizan todos los tripulantes, mientras que otros son de atribución exclusiva en función de las diferentes titulaciones a bordo. Por esta razón, se decidió definir una serie de grupos de trabajadores en cada uno de los tres grandes bloques en los que se ha dividido esta Guía, en función de si las tareas y subtareas de cada fase las realizan de forma indistinta o de forma exclusiva unos u otros, lo que permite identificar a la persona en su trabajo, pues a ella se dirige la vigilancia de la salud. La clasificación resultante es la siguiente: Flota de bajura y artesanal • TT: Responsabilidades de “toda la tripulación” • PA: Responsabilidades exclusivas del “patrón” • MO: Responsabilidades exclusivas del “motorista” • MA: Responsabilidades exclusivas de “marinero” Artes extractivas y actividades relacionadas con la pesca • Pb: Personal perteneciente a la embarcación • Pp: Personal de trabajos en puertos • TT: Responsabilidades de “toda la tripulación” • Pa: Responsabilidades exclusivas del “patrón” • Ma: Responsabilidades exclusivas de “marinero” • Re: Redera/o • Bu: Buzo • Rc: Recolector/a • Mr: Mariscador/a • Pe: Percebera/o Artes de pesca de altura y gran altura • TT: Responsabilidades de “toda la tripulación” • PA: Responsabilidades exclusivas del “patrón” • MO: Responsabilidades exclusivas del “motorista” • MA: Responsabilidades exclusivas de “marinero” • ENG: Responsabilidades exclusivas de “engrasador” • CO: Responsabilidades exclusivas de “cocina” (cocinero, marmitón y camarero) • CTR: Responsabilidades exclusivas de “contramaestre” • PG: Responsabilidades exclusivas de “panguero” Esta división se hace con todas las matizaciones necesarias, porque en muchas tareas y subtareas se diluye la responsabilidad exclusiva para generalizarse en función de la situación de la embarcación. Así pues, esta es una cuestión a ser tenida en cuenta por quien, utilizando los instrumentos que facilita la Guía, realiza la evaluación de riesgos de cada puesto de trabajo en cada barco. En relación a la vigilancia específica de la salud de los trabajadores este método de trabajo proporciona una gran ventaja, ya que permite conocer de forma detallada el puesto de trabajo del trabajador a quien se realizará la vigilancia de la salud. Al aportar el detalle de qué hace el trabajador, dónde lo hace, cómo lo hace, con qué lo hace, cuándo y durante cuánto tiempo lo hace, responde a lo que el artículo 37.3 del Reglamento de los Servicios de Prevención indica en relación a la historia clínico-laboral del trabajador, es decir, a la descripción detallada del puesto de trabajo, indispensable para conocer la forma en que los factores de riesgo, debidamente evaluados, actúan sobre los trabajadores. Este conocimiento es fundamental para comprender el modo en que las condiciones de trabajo afectan a la salud de los trabajadores y para que el médico del trabajo pueda informar al empresario y a las personas con responsabilidades en materia de prevención de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva. CÓDIGOS DE FORMA DE LOS RIESGOS EN EL BUQUE Conocidas las tareas y subtareas de cada fase de trabajo en cada una de las modalidades de pesca, necesitamos conocer los riesgos que pueden producirse en su desempeño. Para ello se ha definido lo que se denomina “Códigos de Forma de los Riesgos en el Buque”. Se parte inicialmente de una variante realizada en el marco del Plan Integral para la Prevención de Riesgos Laborales en el Sector Pesquero de la Comunidad Autónoma

RkJQdWJsaXNoZXIy MTk5MjQxMA==