GUÍA DE VIGILANCIA DE LA SALUD EN EL SECTOR PESQUERO

GUIA DE VIGILANCIA DE LA SALUD SECTOR PESQUERO 25 LITORAL, TRABAJADORES Y FLOTA EL LITORAL España tiene aproximadamente 4.830 km de costa peninsular y 4.405 km de costa insular, de los que las comunidades autónomas de Galicia, Cantabria, Principado de Asturias y País Vasco suman 2.429 km. 1498 km 401 km 284 km 246 km Fuente: elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Fomento. Instituto Geográfico Nacional LAS DIFERENTES ARTES DE PESCA Las diferentes modalidades de pesca, al igual que las normas de seguridad y salud laboral en este sector, están reguladas por normativa. El R.D. 543/2007, de 27 de abril, que determina las normas de seguridad y prevención de la contaminación a cumplir por los buques pesqueros menores de 24 metros de eslora (L), y la Guía Técnica para la aplicación del R.D. 1216/97, de 18 de julio, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca, establecen la siguiente clasificación de buques de pesca: a) Embarcaciones de pesca local. Son las que ejercen su actividad sin alejarse de la costa más de 10 millas. b) Embarcaciones de pesca litoral. Son las que ejercen su actividad dentro de la zona comprendida entre el litoral y la línea de 60 millas paralela al mismo, y entre el paralelo 52º N y el 20º N. c) Buques y embarcaciones de pesca de altura. Son los que ejercen su actividad fuera de la expresada línea de 60 millas y en la zona comprendida entre los paralelos 60° N y 35° S y los meridianos 52° E y 20° O. d) Buques y embarcaciones de pesca de gran altura. Son los que ejercen su actividad sin limitación de mares ni distancias a la costa fuera de las zonas comprendidas anteriormente. Esta clasificación de los buques pesqueros se establece al aprobarse el permiso de construcción y se confirma por la Administración Marítima al efectuar el reconocimiento inicial previo a la puesta en servicio del buque. Lo mismo ocurre con otras actividades extractivas como el marisqueo, que tienen su regulación específica. La guía de vigilancia de la salud se ha centrado en las principales artes de pesca, dividiéndolas en: − Pesca de bajura o artesanal − Pesca de altura y gran altura − Marisqueo a pie, rederas, neskatillas y empacadoras PESCA DE BAJURA, ARTESANAL O DE LITORAL La pesca de bajura es la que tiene lugar muy cerca de los puertos; los barcos son de pequeño porte, generalmente de menos de 20 toneladas de registro bruto (T.R.B.), están tripulados habitualmente por menos de quince hombres y realizan campañas de menos de cinco días. Dentro de la bajura se suele incluir la pesca artesanal, realizada con embarcaciones muy pequeñas –cinco T.R.B. o menos– con dos o tres pescadores a bordo y que salen a faenar cada día durante varias horas. El tamaño de los barcos, que en general no suele exceder de las 20 T.R.B., puede llegar en determinados casos hasta los 50. Esto significa que las esloras son de menos de 24 metros en la mayor parte de los casos. Estos barcos están tripulados generalmente por no más de quince marineros, muchas veces con lazos de parentesco entre ellos, que desarrollan su trabajo a bordo en una estructura poco jerarquizada y con un sistema retribuido característico llamado «a la parte», por el cual patrono y trabajadores participan en determinados gastos de explotación y ganan en proporción a la pesca capturada. El propietario de la embarcación –generalmente la empresa cuenta con un solo barco– suele ser un tripulante más. El trabajo, poco despegado de lo artesanal, exige un conocimiento profesional exhaustivo, adquirido mediante años de ejercicio.

RkJQdWJsaXNoZXIy MTk5MjQxMA==