GUÍA DE VIGILANCIA DE LA SALUD EN EL SECTOR PESQUERO

GUIA DE VIGILANCIA DE LA SALUD SECTOR PESQUERO 156 campo de aplicación del R.D. 1216/97, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca) - Puesto de trabajo: marinero - Elementos del trabajo a evaluar: subtareas El estudio del puesto de trabajo, por necesidades prácticas y logísticas, se ha llevado a cabo en varios buques, subdividiendo la evaluación por áreas y especialidades, y repartiendo el trabajo entre los diferentes Institutos de seguridad y salud laborales de la cornisa cantábrica. Para ello, se ha recurrido a examinar diversos buques de pesca en distintos puertos a lo largo de todo el litoral, analizando en cado uno de ellos diferentes materias, si bien, todos los buques analizados son de características muy similares en cuanto a tipología del buque, artes y equipos de trabajo, procedimientos de pesca y tripulación empleada. La complejidad que entraña este trabajo ha hecho necesario contar, además de con técnicos y médicos de los diferentes centros territoriales de los Institutos implicados, con organismos especializados cuya colaboración ha sido del todo valiosa. En el apartado de créditos se indican las referencias a estos participantes. Durante la ejecución de esta evaluación se han identificado nuevos riesgos que no se habían contemplado en las fases anteriores y que completan los que en su día se utilizaron para la elaboración de la Guía. En la evaluación se incluye también la evaluación de los riesgos para la reproducción, incluidos los relativos a la maternidad. El empresario, en cumplimiento del artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene la obligación de considerar estos riesgos desde la evaluación de inicial y debe elaborar un listado de puestos de trabajo sin riesgo para la mujer embarazada, que ha dado a luz recientemente o en periodo de lactancia, haya o no una mujer desempeñando el trabajo. Tal y como se ha comentado previamente, en este trabajo no se ha desarrollado la fase de la planificación de medidas preventivas correctoras que completaría la evaluación de riesgos tipo que se propone. En todo caso, como paso previo, la evaluación de riesgos en su desarrollo tendría que incluir los resultados de la vigilancia de la salud de los trabajadores, y así abarcarse en su integridad. La planificación preventiva, por su parte, debe contemplar las medidas correctoras que se deben adoptar frente a cada uno de los riesgos evaluados, la urgencia y la prioridad con la que se deben acometer las correcciones, al igual que las personas responsables de implementarlas. TIPO DE BUQUE El buque al que se refiere la evaluación de riesgos es un buque de pesca litoral, que es la que se practica dentro de la zona comprendida entre el litoral y la línea de 60 millas paralela al mismo, de acuerdo con lo establecido por la Normas Complementarias al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar (SEVIMAR). Esta misma clasificación (existen otras formas de sistematizarlos) es utilizada por la Guía Técnica del R.D. 1216/97 para la evaluación y prevención de los riesgos a bordo de los buques de pesca. Así mismo, al ser un “buque de pesca nuevo” y tener más de 18 metros de eslora entre perpendiculares según se contempla en el mismo R.D., deberá cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud previstas en su Anexo I. La tipología de los barcos objeto del estudio responde a las siguientes características principales: La identificación de los riesgos es la correspondiente a la matriz de cerco de bajura, en la que los riesgos se corresponden a la modificación que los autores de la Guía han realizado del método de evaluación de riesgos laborales que desarrolló el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT). Se trata de lo que a los efectos de esta guía se han denominado códigos de forma. PUERTOS BASE Puertos de pesca de las Comunidades Autónomas de Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco. LISTA 3 T.R.B. 60,41 (aprox.) G.T. 50,92 (aprox.) TIPO DE ARTE Pesca al cerco CLASE DE PESCA Litoral Nº TRIPULANTES 9 a 16 CALADERO Cantábrico noroeste FECHA DE ALTA Posterior a año 2000 CASCO Acero ESLORA TOTAL Superior a 19 m ESLORA pp Superior a 18 m.

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